En los procesos de separación en muchas ocasiones se opta por que uno de los cónyuges se quede la vivienda habitual a cambio de compensar económicamente al otro. A continuación te explicamos las implicaciones tributarias que tiene este hecho según las sentencias más recientes del Tribunal Supremo.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

El supremo no comparte el criterio de Hacienda y afirma que este hecho esta exento de ITPAJD por motivos de indivisibilidad.

I.R.P.F.

El Tribunal Supremo ha concluido en la sentencia del 10 de octubre de 2022 que cuando una de las partes se quede la vivienda a cambio de compensar económicamente a la otra podrá existir una ganancia patrimonial. Siempre que exista un aumento del valor del bien entre el momento de adquisición y de adjudicación a una de las partes existirá una ganancia patrimonial que deberá tributar en IRPF.

Impuesto de sucesiones y donaciones

Además, al estar regulado en el ITPAJD se excluyen del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

El supremo no comparte el criterio de Hacienda y afirma que este hecho esta exento de ITPAJD por motivos de indivisibilidad.

I.R.P.F.

El Tribunal Supremo ha concluido en la sentencia del 10 de octubre de 2022 que cuando una de las partes se quede la vivienda a cambio de compensar económicamente a la otra podrá existir una ganancia patrimonial. Siempre que exista un aumento del valor del bien entre el momento de adquisición y de adjudicación a una de las partes existirá una ganancia patrimonial que deberá tributar en IRPF.

Impuesto de sucesiones y donaciones

Además, al estar regulado en el ITPAJD se excluyen del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.